Páginas de Cultura de Paz y No Violencia

173. La Libertad de expresión como presupuesto de la Paz

Mendoza, Argentina. La libertad de expresión, al permitir la interacción humana, constituye la comunidad humana. A su vez, el diálogo imperecedero entre los hombres es la base de la convivencia en Paz. La información hace la comunidad y no puede haber comunidad dignificante para todos, sin Paz.
Se puede decir que la Paz verdadera, como derecho social, es fruto del diálogo libre. Al respecto, en 1946 la Organización de las Naciones Unidas (ONU) afirmó, con acuerdo de todos los estados miembros, que “La libertad de información es un derecho fundamental del hombre y piedra de toque de todas las libertades… y constituye un elemento esencial de todo esfuerzo serio para favorecer la paz y el progreso en el mundo”, (Resolución 59).
La Naciones Unidas tuvieron muy en cuenta que la desinformación y la falta de libertad de expresión fueron presupuestos centrales para que se pudiera dar el Holocausto Judío y las guerras mundiales que se produjeron en esa mitad del Siglo XX, que fueron graves retrocesos para la Humanidad. Razón por la cual, uno de los límites de la libertad de expresión, es la prohibición de la apología de la guerra, como bien lo dispone la Convención Americana sobre Derechos Humanos, (art. 13, inc. 5), porque esa libertad, necesariamente, busca generar Paz.
La libertad de expresión es un derecho humano primario, connatural y básico, por lo tanto no es contingente, ni dependiente de coyunturas de la historia del hombre. Es, ha sido y será fundamental para la dignidad de todas las personas y los pueblos.
Es un derecho humano esencial que permite trabajar la plena vigencia de los derechos humanos que nos asisten a todos. Así, la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, de jerarquía constitucional en nuestro país, establece que: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”, (art. 19). Agrega, “Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación”, (art. 7).
En coherencia con dichos objetivos, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido que “El derecho constitucional a la libertad de expresión de las ideas sin censura previa, (arts. 14 y 31 de la Constitución Nacional y 13 del Pacto de San José de Costa Rica) implica la posibilidad con que cuentan todos los habitantes de la Nación de expresar libremente sus ideas cualesquiera sean ellas sin restricciones irrazonables previas o posteriores y en igualdad de condiciones con los restantes habitantes de la república”; (Fallos: 315:1361).
Afectar y cercenar la libertad de expresión equivale al retroceso del mar que preanuncia el tsunami de la intolerancia, la violencia y la guerra. Razón por la cual, es importante tener presente los síntomas para actuar sobre ellos preventivamente, antes que la filosofía de la violencia acalle la verdad que, como se sabe, es la primera víctima de la guerra y luego termina con las personas y los pueblos.
Nuestro país ha vivido y vive un rico proceso de concientización en materia de libertad de expresión, con motivo de la discusión y aplicación de la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual 26.522 y la norma puso como centro, la tutela de los derechos humanos que implica la Libertad de Expresión.
Por lo que, todos debemos preocuparnos para que no haya medios con lógicas monopólicas y/o oligopólicas: tampoco que a determinados medios o grupos de personas no se les permita accedera a medios o sean perseguidos y hostigados por lo que se dice u opina en ellos; para que no haya periodistas perseguidos o no dignificados en su noble tarea de representar a las personas y a la sociedad, en el derecho a investigar, recibir y difundir información; y el Estado todo tiene la responsabilidad indelegable de custodiar la libertad de expresión, sin discriminaciones, ni omisiones, en la leal vocación de garantizar el bien común y la Paz.
En el objetivo común hay que trabajar para no permitir que, desde y por la libertad de expresión, se sufran censuras, persecuciones, amenazas y agreciones de todos tipo, como tampoco ayudar a que se errite la piel social innecesariamente, en sobreactuaciones tremendistas de supuestos ataques a dicha libertad, cuando se trata sólo de discrepancias propias de la discusión libre.
Tenemos que estar dispuestos a asegurar que todos puedan expresarse, discutir y discentir, desde un respeto plural y no permitir que se dinamiten los puentes del diálogo, porque los silencios forzados, siempre preanuncian violencias que no merecemos. Y a la vez, debemos tener presente que se tiene que actuar sobre los problemas, con la prudencia y los tiempos que un accionar adecuado lo exija y no con apuros para producir placebos cívicos que no cambian nada o que permitan ver solo un lado de las situaciones conflictivas. No podemos acallar conciencias y menos no esforzarnos en un accionar debido integral y responsable en al temática.
Miguel Julio Rodríguez Villafañe. Cuyo Noticias.com. 28/3/2011
Miguel Julio Rodríguez Villafañe. Abogado constitucionalista, especialista en Derecho de la Información.