La Paz, Bolivia. La incorporación de la
promoción de la “cultura de paz” y el “derecho a la paz” es uno de los aciertos
de la nueva Constitución Política del Estado. Su realización, según el texto
constitucional, está vinculada, en lo externo, a la cooperación, el desarrollo
y la promoción de interculturalidad entre los pueblos y el mundo; a la asumida
calidad Estado “pacifista”; y al rechazo de la guerra como instrumento de
solución de diferendos entre estados. En lo interno, la cultura de paz está
implícita en un renovado régimen de principios, de derechos fundamentales,
civiles y políticos, sociales y económicos y en un amplio régimen de garantías.
También figura en los deberes aquel de “defender, promover y contribuir al
derecho a la paz y fomentar la cultura de paz”.
En contraste con este formidable marco normativo,
el país todavía adolece de graves limitaciones para la solución pacífica de sus
conflictos. En éstos, ya sea entre particulares o con el Estado (que son la
gran mayoría), se adoptan con creciente frecuencia medidas de presión por las
partes que procuran resultados favorables a sus intereses, sin que importe cuán
justas o posibles sean las soluciones disponibles; sin reparar si el bloqueo,
la toma de instalaciones o vías públicas, las huelgas o los linchamientos
afectan derechos ciudadanos que no participan del conflicto, y menos advertir
que las salidas mal pactadas pueden desvirtuarse precisamente por haber sido
logradas “bajo presión”, y son reversibles en el tiempo. No menos compleja es
la acción, omisión o reacción de los organismos llamados a restablecer el orden
público con actuaciones que sortean el uso legítimo y proporcionado de la
fuerza pública con la criminalización de la protesta pública.
Este escenario es de larga data y tiene relación
con el papel que juega la administración de justicia en la solución de los
conflictos. Hace aproximadamente una década, la Corte Suprema de Justicia
alentó un diagnóstico que entre sus conclusiones más relevantes destacó la
necesidad de fortalecer el acceso a la Justicia; restablecer la justicia de paz
y desarrollar el derecho administrativo. Promovió la aprobación de la Ley N°
3324 que dispuso la creación de la jurisdicción de Paz para la resolución de
conflictos por la vía de la equidad y conciliación extrajudicial. La Justicia
de Paz a cargo de ciudadanos no letrados, y que bien podrían ser elegidos por
sus propios vecinos, resolvería en sus comunidades o vecindarios los conflictos
domésticos que no atiende o rechaza la justicia ordinaria o la jurisdicción
indígena originaria, y aportarían al propósito de promover la pacificación y
fortalecer la legalidad desde una aproximación práctica del pluralismo
jurídico. Lamentablemente ésta iniciativa nunca fue puesta en práctica.
El nuevo modelo de Estado plurinacional, descentralizado
y con autonomías hace inexcusable el desarrollo de un marco jurídico
administrativo que contribuya a resolver pacíficamente los reclamos de los
ciudadanos frente a los órganos de poder público y los que surjan entre éstos.
La nueva Constitución y la Ley del Órgano Judicial han dejado pendiente el
desarrollo de una jurisdicción contenciosa administrativa, descentralizada y
accesible para resolver las diferencias surgidas de la actuación administrativa
que es muy diversa en manifestaciones, actos y contratos e incumbe a los
ciudadanos y todos los órganos de poder público.
Justicia de Paz y Derecho administrativo son un par
de desarrollos normativos e institucionales que bien merecen la pena rescatarse
para la promoción de la paz y la justicia mediante procedimientos accesibles,
simples, eficaces y de soluciones predecibles. El país no puede seguir librando
a la justicia criminal cuanta controversia aparezca, ni el Ministerio Público
prestarse a seguir abriendo causas que deben resolverse en otros espacios de
competencia, sin detenidos, sin cautelares y sin el morbo de la persecución
política o mediática que tiñe diariamente la cobertura del conflicto.
Eduardo Rodríguez Veltzé. La Razón.com 16/09/12http://www.la-razon.com/opinion/columnistas/Cultura-paz-conflictos-justicia_0_1688231278.html