Naciones
Unidas A/RES/55/282
Asamblea
General
Distr.
general
28 de
septiembre de 2001
Quincuagésimo
quinto período de sesiones
Tema 33
del programa
Resolución
aprobada por la Asamblea General
[sin
remisión previa a una Comisión Principal (A/55/L.95 y Add.1)]
55/282.
Día Internacional de la Paz
La
Asamblea General,
Recordando
su resolución 36/67, de 30 de noviembre de 1981, en que declaró que el tercer
martes de septiembre, día de apertura del período ordinario de sesiones de la
Asamblea General, sería proclamado y observado oficialmente como Día
Internacional
de la Paz, y dedicado a conmemorar y fortalecer los ideales de paz en cada
nación y cada pueblo y entre ellos,
Recordando
también sus demás resoluciones pertinentes, entre ellas, la resolución 55/14,
de 3 de noviembre de 2000,
Reafirmando
la contribución de la observancia y celebración del Día Internacional
de la Paz al fortalecimiento de los ideales de paz y al alivio de las tensiones
y las causas de conflicto,
Considerando
que el Día Internacional de la Paz ofrece una oportunidad singular para una
cesación de la violencia y de los conflictos en todo el mundo y que por lo
tanto es importante lograr que se lo conozca y observe lo más ampliamente posible
en la comunidad mundial,
Deseando
señalar a la atención los objetivos del Día Internacional de la Paz y, por
ende, fijar una fecha para su observancia cada año que se distinga del día de apertura
del período ordinario de sesiones de la Asamblea General,
1.
Decide que, con efecto a partir del quincuagésimo séptimo período de sesiones
de la Asamblea General, se observe el Día Internacional de la Paz el 21 de septiembre
de cada año, fecha que se señalará a la atención de todos los pueblos para la
celebración y observancia de la paz;
2.
Declara que el Día Internacional de la Paz se observará en adelante como día de
cesación del fuego y de no violencia a nivel mundial, a fin de que todas las naciones
y pueblos se sientan motivados para cumplir una cesación de hostilidades durante
todo ese Día;
3.
Invita a todos los Estados Miembros, a las organizaciones del sistema de las
Naciones Unidas, a las organizaciones regionales y no gubernamentales y a los particulares,
a conmemorar de manera adecuada el Día Internacional de la Paz realizando,
entre otras cosas, actividades educativas y de sensibilización de la opinión
pública, y a colaborar con las Naciones Unidas en el establecimiento de una cesación
del fuego a nivel mundial.
111a.
sesión plenaria
7 de
septiembre de 2001
Asamblea General de las Naciones Unidas.
Resolución anterior sobre el tema