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1593. Índice de Estado de Derecho en México 2018



En ninguna de las 32 entidades federativas de México se respeta el Estado de Derecho: World Justice Project
En México, el Estado de Derecho es un reto ya que según con un estudio realizado por la organización internacional World Justice Project (WJP), ninguna de las 32 entidades federativas obtuvo un puntaje mayor a 0.5 en una escala de 0 a 1.
En entrevista, Alejandro Ponce, jefe de Investigación de WJP, dio a conocer que este martes se publicó por primera vez el Índice de Estado de Derecho en México, el cual se realizó a partir de 25 mil entrevistas a ciudadanos de todo el país y a mil 500 abogados, sobre temas relacionados a autoridades, corrupción y justicia.
“Lo agregamos todo en distintos indicadores y los resultados nos dicen que el fortalecimiento del Estado de Derecho es un reto en todos los estados de México“, añadió.
De acuerdo con el estudio, Yucatán, Aguascalientes y Zacatecas fueron los que tienen un desempeño sobresaliente en Estado de Derecho; mientras que Guerrero, Baja California Sur y el Estado de México tienen las peores calificaciones.
Asimismo, observó que los primeros estados en implementar el nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio tienden a alcanzar puntajes más altos en los indicadores relacionados con el respeto a los derechos de las víctimas y al debido proceso legal de los acusados.
Ponce afirmó que “la debilidad del Estado de Derecho impacta en las vidas de los mexicanos”, por lo que espera que el estudio sirva como base para monitorear el desempeño de los gobiernos estatales.
“Esperamos que este informe sirva para establecer puntos de referencia acerca del desempeño de las entidades federativas en materia de Estado de Derecho, informar y encaminar reformas, y para identificar modelos locales exitosos que puedan utilizarse a fin de fortalecer las instituciones en otras regiones del país”, indicó.
Recordó que, durante la última década, el WJP ha realizado encuestas en más de 100 países para medir, desde una perspectiva ciudadana, su grado de adhesión al Estado de Derecho.
Durante la presentación del estudio participaron Mariclaire Acosta, presidenta del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción; las investigadoras Ana Laura Magaloni y Layda Negrete, así como el periodista Carlos Puig.
AristeguiNoticias.com. México. 9/10/18

Índice de Estado de Derecho en México 2018
El Índice de Estado de Derecho en México 2018 es el primer estudio subnacional realizado por el World Justice Project (WJP). El Índice es único en su tipo, ya que utiliza información de primera mano para capturar las voces de miles de personas en zonas urbanas y rurales en los 32 estados del país. Este instrumento se construyó a partir de una encuesta aplicada a 25,600 ciudadanos (800 en cada estado), de encuestas aplicadas a más de 1,500 abogados y expertos en derecho penal, derecho civil, derecho laboral, y salud pública, y de información generada por otras instituciones (fuentes terciarias).
El Índice mide el Estado de Derecho por medio de 8 factores:
1) Límites al Poder Gubernamental
2) Ausencia de Corrupción
3) Gobierno Abierto
4) Derechos Fundamentales
5) Orden y Seguridad
6) Cumplimiento Regulatorio
7) Justicia Civil
8) Justicia Penal.
Los resultados muestran que corrupción, seguridad y justicia son los aspectos que requieren atención urgente.
En su primera edición, el Índice muestra que ninguna entidad se acerca a una calificación perfecta y que no existen entidades en México con un desempeño sobresaliente con respecto al Estado de Derecho. Las entidades con puntuaciones más altas son Yucatán, Aguascalientes y Zacatecas. Por otro lado, Guerrero, Baja California Sur y Estado de México se encuentran al final de la clasificación.
A pesar de los bajos puntajes, hay entidades con resultados destacados en ciertos aspectos del Estado de Derecho. Por ejemplo, Yucatán destaca en Orden y Seguridad, por sus bajos niveles de homicidios e incidencia criminal, comparado con otros estados. También, Aguascalientes obtiene puntuaciones relativamente altas en derechos fundamentales y Querétaro muestra fortalezas en elementos de su sistema de justicia penal y de combate a la corrupción.
Con respecto al tema de Justicia Penal, se muestra que los primeros implementadores del sistema de justicia penal acusatorio muestran mejores resultados en garantías de los derechos de las víctimas y respeto al debido proceso legal de los acusados, aunque existen retos importantes en materia de investigación por parte de policías y ministerios públicos.
En el aspecto que se refiere a la corrupción, se estimó que ésta ocurre en mayor medida en licitaciones y compras públicas, que en actos cotidianos como sobornos a policías u otros servidores públicos. Por otro lado, en la dimensión de Orden y Seguridad, el WJP encontró que la libertad de prensa se ve afectada principalmente en entidades donde se focalizan altos niveles de incidencia delictiva, y particularmente de homicidio.
WorldJusticeProject.mx. México. 09/10/18


967. Texas sobre el Derecho

En lugar del derecho al debido proceso, Texas optó por la ejecución
Los Angeles, Estados Unidos. El Estado de Texas debió haber evitado la ejecución de Edgar Tamayo programada el pasado 23 de enero.
De nacionalidad mexicana, Tamayo, de 46 años, fue condenado a la pena capital por el asesinato del agente de la policía de Houston, Guy Gaddis ocurrido en 1994. Sin embargo, tras su arresto, las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley nunca informaron a Tamayo de su derecho a recibir asistencia y protección por parte de las autoridades consulares mexicanas como lo establece la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, un tratado internacional del que EE.UU. es parte.
La defensa de Tamayo argumentó que su cliente no recibió una asesoría legal adecuada, por lo que agotaron hasta la última instancia ante la Corte del Distrito Oeste de Texas para detener la ejecución.
En días anteriores, solicitaron también al gobernador de Texas, Rick Perry, la suspensión de la ejecución y gestionaron una petición ante la Junta de Indultos y Libertad Condicional de Texas para que conmutaran la sentencia de muerte por cadena perpetua. Todas las medidas fueron desacertadas y ninguna tuvo éxito.
El gobierno mexicano se opuso fuertemente a la ejecución y el secretario de Estado de Estados Unidos, John Kerry, en una carta dirigida al gobernador de Texas, expresó que con la ejecución de Tamayo, las relaciones entre Estados Unidos y México podrían verse afectadas y poner en peligro el derecho de los estadounidenses a contactar a sus funcionarios consulares si son detenidos en el extranjero.
El derecho internacional se opone a la decisión del gobernador de Texas. En virtud del llamado "Fallo Avena", dictado por la Corte Internacional de Justicia, órgano judicial superior de las Naciones Unidas, en 2004, Estados Unidos está sujeto a revisar y reconsiderar las sentencias de pena capital impuestas a Tamayo y a otros 50 mexicanos. Pero el fallo, establecido hace una década, no ha detenido a Perry de interrumpir las ejecuciones de ciudadanos mexicanos cuyos derechos consulares fueron negados.
En tanto,  la Corte Suprema de EE.UU. tiene una laguna legal que Perry utiliza a su favor. La Corte dictaminó en 2008 que, si bien la Convención de Viena establece una obligación legal vinculante para los Estados Unidos, se requiere una legislación específica para que la resolución de la CIJ se ponga en práctica en los tribunales estadounidenses. Incluso después de varios intentos, tal legislación no ha sido aprobada por el Congreso.
En medio del debate en torno al acceso consular de los ciudadanos extranjeros condenados a muerte, Perry se ha autoproclamado defensor de la ley de Texas sobre el derecho internacional. Pero, la ejecución de Tamayo, no competía únicamente a la ley internacional, también a los derechos humanos fundamentales y las garantías constitucionales.
La obligación de notificación consular es una protección esencial del debido proceso y el debido proceso legal es un derecho consagrado en la Constitución de EE.UU. Las oficinas consulares pueden ayudar a proveer asistencia y representación jurídica, sumamente necesarias. Y tales protecciones nunca resultan tan importantes, como en los casos en que un acusado puede enfrentar la posibilidad de ser ejecutado.
Como forma de castigo, la pena de muerte constituye una práctica de por sí cruel, y universalmente asociada a numerosas arbitrariedades, prejuicios y errores. Human Rights Watch se opone a la pena de muerte en todos los casos o circunstancias ya que constituye una práctica que atenta contra la dignidad inherente de las personas.
Dieciocho estados de Estados Unidos y el Distrito de Columbia han abolido la pena de muerte. Texas debería seguir el ejemplo. No obstante, de continuar con esta práctica, el Estado debería, por lo menos, garantizar que el derecho al debido proceso de los acusados ​​de delitos punibles sea plenamente respetado. En el caso de Edgar Tamayo, no sucedió así.
En respeto al debido proceso y los derechos humanos, el estado de Texas debió haber conmutado la pena de muerte que le fue impuesta a Tamayo.
Antonio Ginatta. Director de incidencia del programa sobre EE.UU. de Human Rights Watch.
Antonio Ginatta. Laopinión.com. 29/01/14
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Cultura y Derecho

Guatemala, Guatemala. ¿El derecho se basa en valores culturales? Es interesante examinar qué se entiende por cultura y derecho, pues ambas palabras pueden usarse con diversos significados. Por ejemplo, cultura significa lo erudito, lo estético o lo intelectual, y derecho se usa como sinónimo de ley. Por cultura entiendo algo mucho más amplio: el conjunto de modos de vida, costumbres, conocimientos y grado de desarrollo (científico, industrial, económico, político, jurídico, artístico, etcétera) de un grupo social (de tal suerte, que nadie puede ser “inculto”) y por derecho, todo aquello que norme la conducta de un ser humano individual o colectivamente, aún en contra de la voluntad de dicho ser (en ese concepto cabe cómodamente la costumbre si se tiene en cuenta su componente subjetivo –‘opinio juris’–). De lo dicho antes ya se puede colegir que la relación entre cultura y derecho, para mí, es de continente y contenido, respectivamente. Es decir, la cultura precede al derecho. Las normas jurídicas pretenden generar orden y paz en las relaciones sociales. Pero las relaciones sociales se dan antes que el derecho. El derecho no inventa las relaciones sino las trata de entender y regular de tal manera que no se rompa el orden social. Toda cultura entendida ampliamente tiene como parte de su existencia un orden normativo jurídico. Si en un mismo territorio hay pluralismo cultural, sin excepción, habrá pluralismo jurídico. Ese es el caso de Guatemala. El derecho debe estar basado en valores culturales que le son relevantes para normar de manera obligatoria la conducta humana (pienso, por ejemplo, en los valores cívicos). Si el derecho, primero ha de entender, y luego regular muchos de los aspectos de una cultura para que aquél sea acatado y obedecido sin necesidad de usar la fuerza de la coacción, sus normas han de tener un claro anclaje en la realidad e intentar regular la misma atinadamente. Es decir, el derecho para que sea buen derecho, más allá de que sea “legal”, debe ser legítimo, eficaz y eficiente. Por eso, siempre he considerado que la costumbre, como fuente de derecho, lleva implícita con mayor regularidad que la propia ley, todas esas características, pues es manifestación espontánea de orden. Pero si prima la legislación en nuestro sistema político decimonónico, al menos, que el legislador esté consciente del mal que puede generar en la sociedad si sus “creatividades” en nada parten de la realidad cultural.

Álvaro Castellanos Howell. "Cultura y Derecho". El Periódico.com.gt. 3/Sept/2010

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