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802. Resolución 61/271 Día Internacional de la No Violencia

Naciones Unidas A/RES/61/271
Asamblea General Distr. general
27 de junio de 2007
Sexagésimo primer período de sesiones
Tema 44 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 15 de junio de 2007
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/61/L.62 y Add.1)]
61/271. Día Internacional de la No Violencia
La Asamblea General, Reafirmando la Carta de las Naciones Unidas, en particular los principios y propósitos que en ella figuran,
Recordando sus resoluciones 53/243 A y B, de 13 de septiembre de 1999, que contienen la Declaración sobre una cultura de paz y el Programa de Acción sobre una cultura de paz, 55/282, de 7 de septiembre de 2001, relativa al Día Internacional de la Paz, y 61/45, de 4 de diciembre de 2006, relativa al Decenio Internacional de una cultura de paz y no violencia para los niños del mundo, 2001-2010, así como otras resoluciones pertinentes,
Consciente de que la no violencia, la tolerancia, el pleno respeto de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales para todos, la democracia, el desarrollo, el entendimiento mutuo y el respeto de la diversidad están
interrelacionados y se refuerzan entre sí,
Reafirmando la importancia universal del principio de la no violencia y
abrigando el deseo de asegurar una cultura de paz, tolerancia, entendimiento y no
violencia,
1. Decide, con efecto a partir del sexagésimo segundo período de sesiones y
guiada por la Carta de las Naciones Unidas, observar el Día Internacional de la No Violencia el 2 de octubre de cada año, y que ese Día Internacional se señale a la atención de todas las personas para que se celebre y observe en esa fecha;
2. Invita a todos los Estados Miembros, a las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, a las organizaciones regionales y no gubernamentales y a los particulares a celebrar de manera apropiada el Día Internacional de la No Violencia y a difundir el mensaje de la no violencia por medios como las actividades educativas y de sensibilización de la opinión pública;
3. Pide al Secretario General que formule recomendaciones sobre medios y arbitrios que, dentro de los límites de los recursos existentes, podrían utilizar el sistema de las Naciones Unidas y la Secretaría de las Naciones Unidas para ayudar a los Estados Miembros, a petición de éstos, a organizar actividades destinadas a celebrar el Día Internacional de la No Violencia;
4. Pide también al Secretario General que, dentro de los límites de los recursos existentes, adopte las medidas necesarias para que en las Naciones Unidas se observe el Día Internacional de la No Violencia;
5. Pide además al Secretario General que la informe, en su sexagésimo tercer período de sesiones, sobre la aplicación de la presente resolución en el sistema de las Naciones Unidas por lo que respecta a la observancia del Día Internacional de la No Violencia.
103ª sesión plenaria
Naciones Unidas.org. 15 de junio de 2007
http://www.un.org/ga/search/view_doc.aspsymbol=A/RES/61/271&referer=/english/&Lang=S

794. Resolución 55/282 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Día Internacional de la Paz

Naciones Unidas A/RES/55/282
Asamblea General
Distr. general
28 de septiembre de 2001
Quincuagésimo quinto período de sesiones
Tema 33 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/55/L.95 y Add.1)]
55/282. Día Internacional de la Paz
La Asamblea General,
Recordando su resolución 36/67, de 30 de noviembre de 1981, en que declaró que el tercer martes de septiembre, día de apertura del período ordinario de sesiones de la Asamblea General, sería proclamado y observado oficialmente como Día
Internacional de la Paz, y dedicado a conmemorar y fortalecer los ideales de paz en cada nación y cada pueblo y entre ellos,
Recordando también sus demás resoluciones pertinentes, entre ellas, la resolución 55/14, de 3 de noviembre de 2000,
Reafirmando la contribución de la observancia y celebración del Día Internacional de la Paz al fortalecimiento de los ideales de paz y al alivio de las tensiones y las causas de conflicto,
Considerando que el Día Internacional de la Paz ofrece una oportunidad singular para una cesación de la violencia y de los conflictos en todo el mundo y que por lo tanto es importante lograr que se lo conozca y observe lo más ampliamente posible en la comunidad mundial,
Deseando señalar a la atención los objetivos del Día Internacional de la Paz y, por ende, fijar una fecha para su observancia cada año que se distinga del día de apertura del período ordinario de sesiones de la Asamblea General,
1. Decide que, con efecto a partir del quincuagésimo séptimo período de sesiones de la Asamblea General, se observe el Día Internacional de la Paz el 21 de septiembre de cada año, fecha que se señalará a la atención de todos los pueblos para la celebración y observancia de la paz;
2. Declara que el Día Internacional de la Paz se observará en adelante como día de cesación del fuego y de no violencia a nivel mundial, a fin de que todas las naciones y pueblos se sientan motivados para cumplir una cesación de hostilidades durante todo ese Día;
3. Invita a todos los Estados Miembros, a las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, a las organizaciones regionales y no gubernamentales y a los particulares, a conmemorar de manera adecuada el Día Internacional de la Paz realizando, entre otras cosas, actividades educativas y de sensibilización de la opinión pública, y a colaborar con las Naciones Unidas en el establecimiento de una cesación del fuego a nivel mundial.
111a. sesión plenaria
7 de septiembre de 2001
Asamblea General de las Naciones Unidas.
 
Resolución anterior sobre el tema

476. 63/278 Día Internacional de la Madre Tierra

Naciones Unidas RES/63/278
Asamblea General
1º de mayo de 2009
Sexagésimo tercer período de sesiones
Tema 49 d) del programaResolución aprobada por la Asamblea General
[Sin remisión previa a una Comisión Principal (A/63/L.69 y Add.1)]
63/278. Día Internacional de la Madre Tierra
La Asamblea General,
Reafirmando el Programa 211 y el Plan de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (“Plan de Aplicación de las Decisiones de Johannesburgo”)2,
Recordando el Documento Final de la Cumbre Mundial 20053,
Recordando también su resolución 60/192, de 22 de diciembre de 2005, en la que se proclama 2008 Año Internacional del Planeta Tierra,
Reconociendo que la Tierra y sus ecosistemas son nuestro hogar, y convencida de que para alcanzar un justo equilibrio entre las necesidades económicas, sociales y ambientales de las generaciones presentes y futuras, es necesario promover la armonía con la naturaleza y la Tierra,
Reconociendo también que Madre Tierra es una expresión común utilizada para referirse al planeta Tierra en diversos países y regiones, lo que demuestra la interdependencia existente entre los seres humanos, las demás especies vivas y el planeta que todos habitamos,
Observando que cada año se celebra el Día de la Tierra en numerosos países,
1. Decide designar el 22 de abril Día Internacional de la Madre Tierra;
2. Invita a todos los Estados Miembros, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, las organizaciones internacionales, regionales y subregionales, la sociedad civil, las organizaciones no gubernamentales y las partes interesadas a observar el Día Internacional de la Madre Tierra y crear conciencia al respecto, según proceda;
3. Pide al Secretario General que señale la presente resolución a la atención de todos los Estados Miembros y las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas.
80ª sesión plenaria
22 de abril de 2009
1 Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992, vol. I, Resoluciones aprobadas por la Conferencia (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.93.I.8 y corrección), resolución 1, anexo II.
2 Informe de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, Johannesburgo (Sudáfrica), 26 de agosto a 4 de septiembre de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.03.II.A.1 y corrección), cap. I, resolución 2, anexo.
3 Véase la resolución 60/1.

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